El principio de la jurisdicción universal en la Argentina: el juzgamiento penal de los crímenes del franquismo y la persecución al pueblo Rohingya
DOI:
https://doi.org/10.62174/eyp.9174Resumen
En este artículo se propone una mirada socio-jurídica acerca de las causas penales por los crímenes del franquismo en España y la persecución del pueblo Rohingya en Myanmar que tramitan desde hace años ante la justicia federal de la República Argentina, en respuesta a la ausencia de juzgamiento en el lugar donde fueron cometidos. La pregunta clave en torno a estos juicios es cómo fueron posibles y la respuesta, al menos formalmente, se encuentra en el principio de jurisdicción universal. En el marco de los 40 años de Democracia que ha dado lugar al juzgamiento de los crímenes de la última dictadura resulta de interés pensar y dar a conocer estos otros juicios, muy poco conocidos, por graves violaciones a los derechos humanos en otros territorios que se investigan localmente en los Tribunales de Comodoro Py en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La mera existencia de estos juicios por crímenes de Estado extraterritoriales abre una serie de interrogantes tanto en torno a su posibilidad e impulso como desarrollo e implicancias tanto jurídicas como sociales que en este artículo se busca reponer y exponer. Con esta meta, en primer lugar se presenta la evolución del juzgamiento de crímenes internacionales. En segundo lugar, se da cuenta de la aplicación de la jurisdicción universal en la Argentina. En tercer lugar, se realiza un análisis preliminar de ambas querellas con énfasis en el activismo jurídico que promovió su origen y las instancias procesales que tuvieron lugar. Por último, se concluye a partir de los primeros hallazgos de la investigación en curso y se aportan algunas perspectivas futuras acerca de estas experiencias sociales de lucha contra la impunidad por crímenes internacionales.
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